DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal ordena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa seguida a los ciudadanos JUKER ROMAR GOMEZ MONGES, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 18.897.987, JAIME RENEE GOMEZ MONGES, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.885.390 y HENRY JOSUE GOMEZ MONGES, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 24.928.409, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal. Líbrese el correspondiente oficio.
Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco días concurran ante el Juez de Juicio competente, a los fines de que se celebre el debate Oral y Público a que hubiere lugar, instruyéndose a la Secretaria del Tribunal a objeto de remitir al Juzgado de Juicio respectivo la documentación, actu.....