DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación intentado por el abogado FERNANDO PADUA GÓMEZ, apoderado de la parte actora, en contra de la sentencia interlocutoria del 24-04-2014 que declaró la perención breve de la instancia conforme a lo establecido en el artículo 267 ordinal 1º del Código de Procedimiento Civil, en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMATORIA intentado por COURI CANO NELSON RICARDO contra CONTRERA ARAUJO PEDRO RAMÓN Y "MARIPAN 68, C.A."; En consecuencia:
PRIMERO: Se declara LA NULIDAD de la sentencia recurrida.
SEGUNDO: Se ORDENA al juez a quo la continuación de la causa al estado en que se encontraba a la fecha 21 de abril de 2014.
Por la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria .....