DISPOSITIVO
Por las razones antes señaladas este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: EXTEMPORÁNEA POR TARDÍA, de conformidad con lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, la solicitud de aclaratoria y ampliación de la decisión dictada por este Juzgado Superior, en fecha nueve (9) de octubre de dos mil quince (2015), que ha sido formulada por los abogados MARÍA YSABEL SALAZAR CASTILLO y YOHALIS CAROLINA PACHECO RUIZ, procediendo con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos JOSÉ EUSEBIO DE ABREU MENDEZ y JOAO SANTOS DE SOSA, ya ampliamente identificados.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circun.....