En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara sin lugar la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, interpuesta por la SOCIEDAD MERCANTIL INDUSERVI C.A. inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 27 de septiembre de 1973, anotado bajo el N° 55, tomo 111-A Sgdo, a través de su apoderado judicial DAVID FLORES PIÑA, venezolano, hábil en derecho, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° 7.424.057, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 79.169, domiciliado procesalmente en la carrera 18 edificio Torre Financiera del Centro, piso 1, oficina 1-5, Barquisimeto, Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, en el juicio de Recurso de Nulidad.
Se acuerda noti.....