Se DECLARA la CONVERSION EN DIVORCIO, de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos ALFREDO MARIO BONNET URRUTIA Y LILA DE LOURDES PAZ GUERRERO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-2.148.913 y V-3.844.605 respectivamente, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía desde el día 09 de febrero de 1985, fecha en que contrajeron matrimonio por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo, inserta en los Libros de Registro del Estado Civil llevados por ante ese despacho, signada bajo el número 42, Tomo I, Año 1985.
El Tribunal no emite pronunciamiento sobre hijos, por cuanto consta en los autos que en la actualidad son mayores de edad, y respecto a los bines liquídese la Comunidad conforme a lo acordado por los cónyuges en su escrito de solicitud. Así se decide.