En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley declara Con Lugar la solicitud de Interdicción de la ciudadana Victoria Andrea Marval de Puertas, interpuesta por las ciudadanas María Norberta Puertas Marval e Iris Violeta Puerta Marval, venezolanas, mayores de edad, cédulas de identidad Nos. 3.304.486 y 8.592.055, en su orden, y de este domicilio. En este sentido:
DECRETA
PRIMERO: LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA DE LA CIUDADANA VICTORIA ANDREA MARVAL DE PUERTAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.163.406, y de este domicilio.
SEGUNDO: El nombramiento de la ciudadana MARÍA NORBERTA PUERTAS MARVAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.304.486, como TUTORA de la mencionada ciudadana. La ciudadana Victoria Andrea M.....