III
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
- IMPROCEDENTE las medidas cautelares –Suspensión de efectos, prohibición de enajenar y gravar e innominada- solicitada en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los ciudadanos JOSE TORRES LAMELAS y MARIA DEL CARMEN MONTERO, titulares de las cedulas de identidad números V-6.170.170 y E-729.698, en representación de la sociedad mercantil MAQUINARIAS MONTORCA C.A., inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 26 de julio de 1993, bajo el N° 32, Tomo 7-A; debidamente asistidos por la abogada Elisa del Carmen Palencia Quintero, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 136.891, contra el acto administrativ.....