DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la oposición a los montos consignados por diferencia de prestaciones sociales ejercida por la ciudadana VIRNA CUBEROS DUQUE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio e identificada con la cédula de identidad N° 6.252.098, en contra de la demandada CAJA DE AHORROS Y BIENESTAR SOCIAL DE LA GUARDIA NACIONAL (CABISOGUARNAC), debidamente registrada en la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal, en fecha 20 de diciembre de 1954, bajo el N° 64, Folio 141, Tomo 12.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada cancelar a la demandante la suma de QUINCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES CON SIETE CENTIMOS (Bs. F. 15.....