DECISIÓN
Con fuerza en los razonamientos que anteceden, esta Sala Ocho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA el conocimiento de la presente causa seguida en contra del ciudadano JORGE LUIS HERNÁNDEZ ARNEDO, en la Sala Segunda de Reenvío con competencia en Violencia Contra la Mujer de la Corte de Apelaciones de esta Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que dicte los pronunciamientos a que haya lugar en cuanto al recurso de Apelación interpuesto por la abogada ANA TERESA RONDÓN GRATEROL, Fiscal Auxiliar Quincuagésima Novena en colaboración con la Fiscalía Undécima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, representando los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia, en nombre del Estado Venezolano.