DECISION
En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en virtud del LITISCONSORCIO ACTIVO existente declara INADMISIBLE la querella funcionarial interpuesta por las abogadas VESTALIA HURTADO DE QUIROS y VESTALIA MARÍA QUIROS HURTADO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos.19.873 y 41.687, respectivamente, en su carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos IVAN VALENTIN BRITO, CARLOS GARCIA ESQUIVEL, ORLANDO AGUIAR, FRANCOIS GEORGES CONDE JAHN, ELIZABETH DEL ROSARIO GRUBER DE BUSTOS, IRMA PADRON RONDON, JUAN BAUTISTA LUONGO SIMONPIETRI, CARLOS NIETO SANCHEZ, JOSE ANTONIO OTAMENDI RODRIGUEZ, ANTONIO PACHECO, GERMAN TOVAR, MARIA AFRICA PAZ CASTILLO MONSALVE y MANUEL RODRIGUEZ TIRADO, titulares de las cedulas de identidad Nos.3.405.786, 1.730.046, 661.607, 941.432, 3.016.537, 2.126.361, .....