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Decisiones del dia 25/02/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-L-2012-001219 N° Sentencia : Fecha: 25/02/2013
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
ALEX ALBERTO RODRÍGUEZ VS. ADMINISTRADORA EL VALLE 2005, C.A.
Resumen:
Establece el Artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPT), que de la incomparecencia del demandado a la audiencia preliminar, el mismo podrá apelar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del fallo, debiendo el Juez pronunciarse sobre su admisión en el día siguiente al vencimiento del término anterior, conforme lo prevé el Artículo 293 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del Artículo 11 de la LOPT. Entonces, visto que esta pendiente el pronunciamiento sobre el recurso ejercido, en el que no puede darse continuidad a la causa hasta su resolución; este Sentenciador en aras de preservar el debido proceso y el derecho a la defensa de las partes, repone la causa al estado que el Juez Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, se pronuncie sobre la admisión y tramitación de la apelación interpuesta; y finalizada la misma remita el asunto nuevamente al Tribunal de juicio que corresponda,.....
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : KP02-L-2011-002169 N° Sentencia : Fecha: 25/02/2013
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
JOSÉ ARCANGEL MOLINA ARELLANO VS. GRANJA MATADERO ZULL-KAR, C.A.
Resumen:
Ahora bien, recibidas las resultas de la apelación en fecha 13 de febrero de 2013, se observa que el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declaró competente a los tribunales de ésta Circunscripción Judicial, de conformidad con el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así las cosas, vista la decisión proferida por la alzada, es importante recordar lo establecido en el Artículo 1.395 del Código Civil, que señala la presunción legal atribuida por la Ley a ciertos actos o hechos, tales como la autoridad de la cosa juzgada que procede sobre lo que ya ha sido objeto de sentencia, señalando además los elementos que deben estar presentes, los cuales son: 1) que la cosa demandada sea la misma; 2) que la nueva demanda esté fundada sobre la misma causa y 3) que sea entre las mismas partes, y que estas vengan al juicio con el mismo carácter que en el anterior. En el presente asunto se verifica que lo solicitado por la demandada e.....
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
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