este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la ley acuerda la medida cautelar solicitada.
En consecuencia, acuerda MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO contra la empresa demandada PERLAM, C.A. entidad mercantil, de este domicilio, inscriba bajo el Nº 74 , tomo 14-A de fecha 1º de Marzo de 2005, por ante el Registro Mercantil Segundo de las Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en consecuencia, se ordena EMBARGAR PREVENTIVAMENTE CREDITOS Y ACREENCIAS CONSTITUIDAS A FAVOR DE LA DEMANDADA representados en CONTRATOS DE OBRA No. UP-07-00.42 de fecha 16 de diciembre de 2007 con el INSTITUTO DE VIVIENDA EQUIPAMENTO DEL ESTADO CARABOBO PARA LA CONSTRUCCIÓN REHABILITACIÓN DE EXTERIOERES Y OBRAS ADICIONALES DE VIVIENDA en el Sector 3 de la Ciudadela Tacarigua Municipio Los Guayos hasta cubrir la suma de VEINTISIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y.....