Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto el 11 de febrero de 2011, por las abogadas SOR ELENA RUIZ PALENCIA y ROSA ELENA RODRIGUEZ, en su condición de defensoras privadas del ciudadano SHAIR YESID MARTINEZ MARTINEZ, contra la decisión dictada el 03 de febrero de 2011, por el Juzgado Décimo Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad al referido imputado, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 numerales 1, 2 y 3, 251 numerales 2, 3 y parágrafo primero en relación con los artículo 174, 246 y 254 todos del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello en atención a lo previsto en el artículo 437 literal "b" del Código Orgánico Procesa.....