DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA N° RP11-P-2006-002012, seguida a los ciudadanos ANGEL JOSÉ GRANADO OSUNA, titular de la cédula de identidad N° V-5.544.427, mayor de edad, Funcionario Policial, residenciado en Urbanización Andrés Blanco, Csa s/n, Tunapuy, Municipio Libertador del Estado Sucre; RAIMUNDO ARISTÓBULO QUIJADA MUJICA, titular de la cédula de identidad N° V-11.444.745, mayor de edad, funcionario policial, residenciado en Calle Las Flores, casa s/n, Tunapuy, Municipio Libertador del Estado Sucre y OMAR ANTONIO URBANO HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.441.696, residenciado en el Barrio Bolívar, casa s/n, Tunapuy, Municipio Libertador del Estado Sucre (occiso), por la comisión del delito de Homicidio, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en perjuicio de la víctima ciudadano Omar Antonio Urbano Hernández; de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal.