este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario de nulidad interpuesto por el abogado Edison Hernández Suero, en su carácter de apoderado judicial de CERVECERÍA POLAR, C.A. (agencia Maracay), de conformidad con el artículo 259 del Código Orgánico Tributario, conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, de conformidad con el artículo 26 de la Constitución Bolivariana de Venezuela y del artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, contra la resolución s/n del 12 de diciembre de 2012, emanada de la SUPERINTENDENCIA DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEL ESTADO ARAGUA (SATAR), que declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto contra el acta de reparo SATAR/SUP/GF/TF/FD/AR/2012-0324 del 22 de junio de 2012, en la cual constató que para el periodo comprendido desde .....