Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, INADMISIBLE el INTERDICTO DE AMPARO A LA POSESIÓN incoado por el ciudadano LUBER GREGORIO BENCOMO contra las ciudadanas MAGALY JOSEFINA BENCOMO DE SABOGAL y DIANA JOSEFINA ARRECHEDERA.
Dada la naturaleza de esta decisión, no hay condenatoria en costas.