/ Se dicto sentencia definitiva mediante la cual este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 263, 363 del Código de Procedimiento Civil y 1.713 del Código Civil, decide: PRIMERO: HOMOLOGA el convenimiento efectuado por los ciudadanos ALEXANDER MARTIN FIACCO PANICO, JOSÉ DANIEL FIACCO TORRES y DORYS MARIA FIACCO DE QUERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.335.622, V-5.261.465 y V-5.253.749, respectivamente, en el juicio por motivo de RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO incoado en su contra por el ciudadano JOSÉ NAYIB ABRAHAM ANZOLA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-17.356.240, Abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el N° 131.343.-