Por todos los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DENIEGA en primer lugar el pedimento realizado por los defensores de los acusados Abogados SERGIO DAVID ARAMBULO ARAMBULO Y MARY LUISA VARGAS MORAN, Defensores Públicos Tercero y Cuarto, respectivamente, para que se sustituya a sus defendidos VINICIO ALBERTO REYES TORRES, FRANKLIN DE JESUS FUENTES Y YUELIS CAROLINA DELGADO, la medida de privación Judicial preventiva de libertad, por otra menos gravosa, de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 243, 250, numeral 3, 252 y 264 todos del Código Orgánico Procesal Penal y en segundo lugar la solicitud realizada por esa Defensa, de que se notifique a la Fiscalia Superior de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de los diferimientos y retar.....