1. CON LUGAR la acción por motivo de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpuesta por el ciudadano Firma Mercantil "BIENES RAÍCES C.A.", constituida mediante documento inscrito en el Registro Mercantil Primero del Estado Lara, en fecha veintinueve de agosto de 1989, anotado bajo el N° 84, N° 7-A, siendo la última de sus modificaciones en fecha 13 de junio de 2007, anotada bajo el N° 03, folio 12, tomo 35-A contra RONALD IGNACIO RANGEL ARMAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 12.089.728.
2. SE ORDENA a la parte demandada a entregar, libre de personas y bienes, el inmueble constituido por una vivienda identificada con las siglas: T4-26, situada en la Urbanización Villa Mora, Cabudare, Municipio Palavecino del estado Lara.
3. SE ORDENA a la parte demandada pagar a título de indemnización de los daños y perjuicios, la cantidad de CUARENTA Y SEIS BOLÍVARES (Bs. 46,oo) diarios calculados desde el 30 de agosto del año 2008 hasta la fecha en que sea entregado el inmueble arrendado......