Este Tribunal Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Impartirle homologación a la Transacción realizada por las partes en el transcurso del presente proceso,
Segundo: Decisión que se dicta con fundamento a lo previsto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicables en forma supletoria.
Tercero: Se ORDENARÁ el archivo del respectivo expediente, solo cuando conste en autos el cumplimiento irrestricto de todas y cada una de las cláusulas del Documento de Transacción presentado por las partes ante este Tribunal. Así se decide. Publíquese, regístrese, y diarícese el Expediente.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte con sede en la ciudad de Valencia. En la ciudad de Valencia, a los veinticinco (25) días del mes de ma.....