DISPOSITIVO:
En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación de la parte actora contra la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial, de fecha 27 de marzo de 2015, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Sin lugar la demanda por diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos interpuesta por, JOSÉ ARNALDI BRICEÑO, EDUARDO NAVARRO PARRA y FABIÁN MÁRQUEZ, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.497.524, 13.463.779 y 19.486.470, respectivamente; contra la entidad de trabajo, FOTOLITO NORMACOLOR C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha,.....