Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO:CON LUGAR laRECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION, correspondienteala ciudadana:MATEA MARQUEZ DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 2.721.830, (Interfecta), de los libros de Registro de Defunciones, llevado por ante la oficina de Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, inserta bajo el 81, Folio Nº 41, del año 2.006. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO:Como consecuencia de la anterior declaratoria SEORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIONdela ciudadana MATEA MARQUEZ DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 2.7.....