PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por los ciudadanos Abgs. LISALEYDE LANGE NAVARRO y JAIDAN ALBERTO LANGE NAVARRO, en su condición de Defensores de los ciudadanos imputados MIGUEL ÁNGEL ALBARRAN JIMÉNEZ, GABRIEL SIMÓN REYES BOLÍVAR y JOSÉ ESTEBAN ACEVEDO, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 03 de mayo de 2008, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL ALBARRAN JIMÉNEZ, GABRIEL SIMÓN REYES BOLÍVAR y JOSÉ ESTEBAN ACEVEDO, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 en sus tres ordinales, 251 ordinales 2° y 3° y Parágrafo Primero y 252 ordinal 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal y, SEGUNDO: DECLARA INADMISIBLE el medio de prueba ofrecido por los recurrentes, en virtud de que la misma forma parte del Cuaderno Especial y necesariamente esta.....