Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se SUSPENDE la presente causa de acuerdo a lo previsto en los artículos 144 y 231 del Código de Procedimiento Civil, hasta tanto conste en autos la citación de los herederos desconocidos del de cujus RAFAEL RICARDO ÁLVAREZ BACALLADO, en el juicio de Cumplimiento de Contrato de Comodato seguido por JUAN VICENTE BLANCO NEGRIN en contra de los ciudadanos MARIA DEL CARMEN BACALLADO DE ÁLVAREZ, GABRIELA ÁLVAREZ BACALLADO y PATRICIA ÁLVAREZ BACALLADO, identificados al inicio;
SEGUNDO: Se ordena LA CITACIÓN por edictos de los herederos desconocidos del finado RAFAEL RICARDO ÁLVAREZ BACALLADO, conforme al artículo 231 eiusdem, a los fines de que ejerzan la defensa de sus inte.....