Vista el Acta de Inhibición, suscrita por el Dr. HORACIO GONZALEZ HERNANDEZ, en su carácter de Juez Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental del Estado Lara, en el presente asunto, AMPARO intentado por TERÁN MOGOLLÓN GRITZKO GABRIEL, contra JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DEL ESTADO LARA, en la cual el primero manifiesta que:
“…se INHIBE de conocer el presente Recurso de Amparo, Signado con el No. KP02-O-2006-99 intentado por el ciudadano Gritzko Terán Mogollón, titular de la cedula de identidad 4.136.122 contra el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, por cuanto el accionante es mi vecino por residir en la Urbanización Villas de Bosque, circunstancia ésta que genera una relación de vecindad que me hace ser imparcial hacia el vecino, y dado que esta causal esta prevista en nuestra Constitución Nacional y en el debido proceso, al igual que en .....