Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara: HOMOLOGA el desistimiento del recurso ordinario de apelación ejercido en fecha 4 de mayo de 2011, por la abogada CRISTINA DURANT SOTO en su carácter de apoderada judicial de la demandante sociedad mercantil BANPLUS ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, C.A., contra la decisión proferida en fecha 29 de abril de 2011, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas, por aplicación de lo estatuido en los artículos 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil.