PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la recusación propuesta contra la abogada FRANCINA MARÍA RODULFO ARRIA, en su carácter de Juez Titular del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, por el abogado GERMÁN ALFREDO CASTELLANOS GARCÍA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadana SORAYA CAROLINA BRICEÑO CORREDOR, en el juicio incoado en contra de las ciudadanas YOLIMAR MERCEDITAS PERNÍA DE PINEDA Y ANGELICA MARÍA MANZO DÁVILA, por prescripción extintiva de hipoteca .
. SEGUNDO: En virtud del pronun¬cia¬miento anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone a la parte recusante, multa por la canti¬dad de DOS BOLÍVARES (Bs. 2,00), multa que deberá ser pagada en el Tribunal de la causa, dentro del lapso de tres (3) días de despacho siguientes a la expedición de la correspondien.....