Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con fundamento en los artículos 206 y 211 del Código de Procedimiento Civil y en resguardo al derecho de defensa, del debido proceso y la igualdad de las partes, principios éstos procesales que deben ser norte y guía de cada proceso jurisdiccional, que son de Rango Constitucional y por autoridad de la ley, ANULA EL AUTO DE ADMISIÓN DICTADO POR ESTE TRIBUNAL EN FECHA 24 DE MAYO DE 2021 Y REPONE LA CAUSA al estado de dictar uno nuevo con las debidas correcciones aquí advertidas. Dada la naturaleza jurídica de la presente decisión se exime de costas a las partes.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Jud.....