DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO y el cese de las medidas cautelares, a favor del adolescente XXXXXXXXXXXX, por la presunta comisión de uno de los delitos contra la Propiedad, de conformidad con lo previsto en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Y ASI SE DECIDE.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas a los veinte (20) días del mes de Julio de dos mil seis (2006).
LA JUEZ,
Dra. MARIA ESPERANZA MORENO ZAPATA
Siguen firmas…
LA SECRETARIA
ABG. MARIA CARLOTA MANGANIELLO M.
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