DECISION.
Por las razones arriba expuestas es por lo que este Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES intentada por el ciudadano ENDER PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.674.900, de este domicilio, representado judicialmente por la Abogado BLANCA E. DIAZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 102.293, de este domicilio, en contra del ciudadano LUIS ROCHA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.673.432 y de este domicilio. Se condena a este último a pagarle al primero la suma de TRES MIL CIENTO TREINTA Y SIETE BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 3.137,50) por concepto de capital más intereses moratorios causados hasta la fecha, más los intereses moratorios que se sigan causando hasta la cancelación definitiva de la deuda. Así.....