Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (MIXTO) en función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta (POR UNANIMIDAD) SENTENCIA ABSOLUTORIA en el presente caso, a los ciudadanos: MAGAN JOSE GUTIERREZ, venezolano, de 21 años de edad, con fecha de nacimiento: 06-05-1983, titular de la cédula de identidad número: 18.672.085, residenciado en el Barrio Bolívar en la calle 5, con avenida 5, casa S/N de la ciudad de Acarigua del estado Portuguesa, y GUSTAVO JOSE VARGAS, venezolano, de 19 años de edad, con fecha de nacimiento: 26-08-1985, titular de la cédula de identidad número: 18.731.673, residenciado en la calle 36 con avenida 37, casa 1-37 del Barrio Bella Vista I de la ciudad de Acarigua del estado Portuguesa, por la comisión del los delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR.