Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el recurso por abstención intentado por los ciudadanos CARLOS ALBERTO FUENMAYOR MEDINA, MARÍA EUGENIA SIRA Y ALBERTO JESÚS PÉREZ RUBIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 12.694.125, 12.249.025 y 5.240.007, respectivamente, actuando en su carácter de miembros del SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS DEL COMERCIO Y LA INDUSTRIA NACIONAL (S.E.O.C.I.N.), por no acompañar el libelo de demanda de los documentos indispensables, ni subsanar lo solicitado en la oportunidad correspondiente, de conformidad con lo previsto en los Artículos 33 Nº 7, 35 Nº 4, 36 y 66 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.....