Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio Ordinario
y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,
administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de
la Ley declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A del Código Civil, formulada por los
FRANCISCO JAVIER PACHECO RODRIGUEZ y CLAUDIA MARINA MEDINA TOLEDO,
venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 6.274.442 y V.-
10.382.565, respectivamente, debidamente asistidos por la profesional del derecho
ALEXANDRA ESKELLA RANGEL DIAZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado
bajo el N° 221.276. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos
contraído en fecha 06 de julio de 2011, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia
Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta en Acta de Matrimonio Nº 176,
Folio 176, asentada en el .....