Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Anulación interpuesto. En consecuencia: PRIMERO: Se declara la nulidad del acto de retiro en los términos expresados en la parte motiva de la presente sentencia y en consecuencia se ordena la reincorporación del querellante al cargo de "Profesional I", o a otro de igual o superior jerarquía para el cual reúna los requisitos, con el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de su ilegal retiro, esto es, desde el 22-12-2010 hasta la fecha de su efectiva reincorporación al cargo. SEGUNDO: A los fines de determinar con exactitud el monto que efectivamente corresponde al querellante, según los conceptos acordados anteriormente, este Juzgado ordena que dicho monto sea establecido mediante experticia complementaria del fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Se niega el pago de los Bonos solicitados por el actor, esto conforme a lo establecido.....