1. Se ordena la Reposición de la causa al estado de que este Juzgado Superior notifique de la sentencia definitiva dictada en fecha veintiuno (21) de marzo de 2024, en aras de la garantía del debido proceso, y del derecho a la defensa consagrados en el artículo 49 de nuestra carta magna.
2. Se Ordena librar las notificaciones al DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO AUTÓNOMO CUERPO DE POLICÍA DEL ESTADO COJEDES (IACPEC), al PROCURADOR DEL ESTADO COJEDES, al GOBERNADOR DEL ESTADO COJEDES, al MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ, y al VICEMINISTRO DEL SISTEMA INTEGRADO DE POLICÍA (VISIPOL) y a la ciudadana LILIANA ACAROLINA ALARCÓN QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.259.515, a los fines que se den por notificados de la decisión dictada por este Tribunal, de fecha 21 de marzo de 2024, en los mismos términos establecidos en la referida sentencia.
3. Se declaran NULAS todas las actuaciones realizadas en la pr.....