Por las razones antes expuestas, esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO para conocer de la presente Demanda de Cumplimiento de Contrato incoada por el abogado HUMBERTO MELENDEZ COLMENARES inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.015 actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LUISA GABRIELA CLAVELL GAMBOA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-6.913.873, siéndolo en consecuencia el de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a quien se ordena remitir con oficio el presente asunto.