En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa, interpuesta por los Abogados OSCAR ELIAS OMAÑA GUERRERO, JOSÉ ISRAEL CORREA MONTAÑÉS y MARIA TERESA ARRIAGA RODRÍGUEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 37.382, 83.574 y 47.112 respectivamente, actuando en carácter de representantes Judiciales del Ciudadano JOSÉ RAMON FLORES FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 2.072.643, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES por Jubilación.