Este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE por CADUCIDAD, el Recurso de Nulidad interpuesto en fecha 18/04/2012 por la parte recurrente METAS 3500 C.A., en contra de la Providencia Administrativa N° 520-11, de fecha 23 de Septiembre de 2011, emanada por la Inspectoría del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, Sede Norte, correspondiente al expediente Administrativo N° 023-09-01-04111, la cual se declaró con lugar la Solicitud de Reenganche y Pagos de Salarios Caídos, incoada por el ciudadana WILLIAM MANUEL CASTILLO MARIN.- SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.-