Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley, ha decidido:
PRIMERO: declarar SIN LUGAR LA OPOSICIÓN formulada por las abogadas Rosa Federico Del Negro y Lucía Gómez, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 26.408 y 11.914, respectivamente, actuando en representación de la parte demandada, ciudadana MILAGROS LEZAMA.
SEGUNDO: como consecuencia de la anterior declaración se RATIFICA LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Tribunal en fecha 26 de octubre de 2007, sobre un apartamento signado con el N° 3, ubicado en el primer piso del edificio "El Presidente", situado en la Tercera Avenida de la Urbanización Los Palos Grandes, Jurisdicción del Municipio Chacao del Estado Miranda, el cual tiene una superfic.....