Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia dictada en fecha 04-05-09, por el Tribunal de Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó por el procedimiento de ADMISIÓN DE LOS HECHOS al ciudadano: WILFREDO ELISAUL DORANTES, Titular de la Cedula de Identidad Nº 11.696.138, venezolano, de 34 años de edad, nacido el 12-05-1974, 36 años de edad, natural de Carora ¿ Estado Lara, hijo de Milagros Dorantes y Pedro José Rodríguez, estado civil: soltero, de profesión u oficio. Chofer, grado de Instrucción: 8vo. Grado de Educación Media, residenciado en: San Vicente, calle Santo Domingo con calle Santa Ana, casa s/nº, cerca de la Quebrada, Carora ¿ Estado Lara, Telf. 0426-9587568, a cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, mas las penas accesorias de ley, por encontrarlo culpable por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de l.....