En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara CULPABLE al ciudadano ELVYS ARÍSTIDES SÁNCHEZ RIERA, venezolano, con cédula de identidad número V.-14.003.605, fecha de nacimiento 30-08-1975, de 35 años de edad, estado civil soltero, natural de Aguada Grande, estado Lara, profesión u oficio locutor, hijo de Santiaga Riera y Arístides Sánchez, residenciado en Urbanización Francisco Torres, calle1, número 15, cerca del preescolar Simón Rodríguez, Carora, estado Lara. Telf. 0416-9584282, de la comisión del delito de Violencia psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana (IDENTIDAD OMITIDA, de.....