este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: 1. CON LUGAR la solicitud de Divorcio, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos RICARDO ALONZO COLMENAREZ ALVARADO y JACQUELINE MERCEDES VALERA DE COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.024.376 y 10.956.048, respectivamente. Durante la unión matrimonial procrearon DOS (02) hijos de nombre: Yacmagdy María Colmenarez Valera, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.323.296, mayor de edad; y Richard Xavier Colmenarez Valera (Difunto). 2. En consecuencia, ofíciese al Registro Civil Principal del Municipio Palavecino del Estado Lara y al Registro Principal del estado Lara, para que agregue la not.....