DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Sala N° 8, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por los Abogados GUSTAVO JOSÉ PRADA ZERPA y JOSE QUINTANA, en su carácter de Defensores del ciudadano TERRY ALBERTO REYES PRIETO.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad dictada el día 08 de mayo de 2008 por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 26 de esta misma Circunscripción Judicial, en contra del ciudadano TERRY ALBERTO REYES PRIETO, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, en la persona que en vida respondiera al nombre de LUIS ALBERTO MARTÍNE, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Códi.....