En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal superior impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado William Lugo Yamarte, en su carácter de apoderado del ciudadano CARLOS PHILLIPS URBANI, contra la sentencia interlocutoria de fecha 08 de abril de 2008, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, y mediante el cual negó la medida de prohibición de enajenar y gravar, con motivo del juicio que por resolución de contrato de compraventa intentara el apelante contra el ciudadano ELVIS CARLOS ROJAS GARCÍA.
SEGUNDO: Se ratifica el fallo de fecha 08 de abril de 2008, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, conforme a la motivación de esta decisión.
Se condena en costas a la parte apelante.....