este Juzgado Segundo de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumado el desistimiento del presente procedimiento interpuesto previamente por el abogado VICTOR BIELIUKAS DÍAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 51.507, en fecha 17 de Junio de 2014, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el presente juicio que por cumplimiento de contrato de arrendamiento sigue PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA siguen REINALDO HORACIO GUEVARA y RAMÓN ALY RUIZ., en contra de INVERSIONES ALTOS DE CURICARA e INVERSIONES LOCHA, C.A., y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil-