Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescentes actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y 177 Parágrafo Segundo, literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, DECLARA a los beneficiarios ciudadana MARYALI MARIA REYES ROJAS, Y de su hijo ADOLESCENTE (IDENTIDAD OMITIDA), y a la Ciudadana DEYANIRE MADELEINE LINAREZ AGÜERO, venezolana mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.439.549, UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida respondía al nombre de ALI JOSE REYES, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.323.045.