Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por los abogados NILIA VELASQUEZ y RONALD GOLDING, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 38.214 y 57.225, respectivamente, con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ROSA ELENA MONCAYO DE MOLINA, suficientemente identificada en autos, contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, y en consecuencia:
1) SE ORDENA el pago de los intereses moratorios sobre prestaciones sociales generados entre el 01 de octubre de 2003 y el 28 de noviembre de ese año, sobre el capital de NOVENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON SETENTA Y CINCO CÉNTIM.....