En consecuencia esta Sala Nro. 02 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara ADMITIDO el presente recurso, interpuesto las abogadas HORTENCIA LOPEZ VALERIO, en su condición de representante de la Fiscalia Séptima del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial; contra la decisión dictada en fecha 17 de Marzo del 2011, por la Jueza Novena de Primera instancia en Funciones de Control Nº 09 de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto signado bajo en Nro. GP01-P-2010-005080, mediante la cual acordó sustituir por examen y revisión de medida la Medida Judicial Preventiva de Libertad por una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al imputado SAMUEL DAVID TOVAR SANCHEZ, en la actuación principal GP01-P-2010-005080, la cual se le sigue por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 409 .....