este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con competencia en los Estados Cojedes y Yaracuy, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PRIMERO: INADMISIBLE POR FALTA DE LEGITIMIDAD la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Gabriel Guillen Pérez y Sandra Manuela Arenas, inscritos en el inpreabogado bajo el N° 168.652 y 285.782, respectivamente, en su condición de abogados defensores de la ciudadana ALEXANDRA MARIA VELOZ, titular de la cedula de identidad N° 13.961.074, quien se le sigue causa bajo la nomenclatura GP01-P-2021-0352339, actualmente privada de libertad, contra la DIRECCION ADMINISTRATIVA REGIONAL (DAR) DEL ESTADO CARABOBO, de conformidad con lo establecido en la motiva del presente fallo.