DISPOSITIVA:
El penado ORLANDO ANTONIO NAVAS, fue detenido en fecha 13/05/2004, por lo que hasta la presente lleva en detención: TRES MESES Y TRECE DIAS, faltándole por cumplir la pena CUATRO AÑOS, UN MES Y VEINTICUATRO. Pena que extingue justamente el: VEINTE DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO (20/10/2008).-
Dicho penado puede solicitar su primer beneficio una vez cumpla la mitad de la pena impuesta es decir a partir del 16-07-06, que solicitará el Beneficio de Régimen Abierto, el Beneficio de Libertad Condicional en fecha 13-05-07 y Beneficio de Confinamiento en fecha 13-08-2007.-
En consecuencia notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, a la Defensa y al penado, quienes podrán hacer las observaciones al cómputo practicado dentro del plazo de cinco días de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
Remítase copia del presente cómputo de la pena al Director del Centro Penitenciar.....